Ajuste de cotas de áreas
Es la autorización para incorporar en los planos ur- banísticos previamente aprobados por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital compe- tente para expedir licencias, la corrección técnica de cotas y áreas de un predio o predios determina- dos cuya urbanización haya sido ejecutada en su totalidad.
Concepto de norma urbanística
Es el dictamen escrito por medio del cual el Curador Urbano, la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre las normas urbanísticas y demás vigentes aplicables a un predio que va a ser construido o intervenido.
La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.
Concepto de uso del suelo
Es el dictamen escrito por medio del cual el cu- rador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre el uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen.
La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.
Copia certificada de planos
Es la certificación que otorga el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias de que la copia adicional de los planos es idéntica a los planos que se aprobaron en la respectiva licencia urbanística.
Aprobación de los Planos de Propiedad Horizontal
Es la aprobación que otorga el curador urbano, o la autoridad municipal o distrital competente para el estudio, trámite y expedición de las licencias, a los planos de alinderamiento, cuadros de áreas o al proyecto de división entre bienes privados y bienes comunes de la propiedad horizontal exigidos por la Ley 675 de 2001 o la norma que la adicione, mo- difique o sustituya, los cuales deben corresponder fielmente al proyecto de parcelación, urbanización o construcción aprobado mediante licencias urba- nísticas o el aprobado por la autoridad competente cuando se trate de bienes de interés cultural.
Estos deben señalar la localización, linderos, no- menclatura, áreas de cada una de las unidades privadas y las áreas y bienes de uso común.
Autorización para el movimiento de tierras
Es la aprobación correspondiente al conjunto de trabajos a realizar en un terreno para dejar- lo despejado y nivelado, como fase preparatoria de futuras obras de parcelación, urbanización y/o construcción. Dicha autorización se otorgará a solicitud del interesado, con fundamento en estu- dios geotécnicos que garanticen la protección de vías, instalaciones de servicios públicos, predios aledaños y construcciones vecinas.
Aprobación de piscinas
Es la autorización para la intervención del terreno destinado a la construcción de piscinas en que se verifica el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad definidas por la normatividad vigente