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LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN:

 

Es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios. En las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos. Son modalidades de la licencia de construcción las siguientes.

 

MODALIDADES DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN:

1. Obra nueva. Para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total.

 

2. Ampliación. Para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

 

3. Adecuación. Para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando a permanencia total o parcial del inmueble original.

 

4. Modificación. Para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida.

 

5. Restauración. Para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos.

 

6. Reforzamiento Estructural. Para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente.

 

7. Demolición. Para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y deberá concederse de manera simultánea con cualquiera otra modalidad de licencia de construcción.

 

8. Reconstrucción. Para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro.

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